Las discusiones pueden salirse de control en el momento en que un individuo está usando el bolígrafo o se encuentra leyendo un libro y ataca con ellos a otro sujeto con el que estaba discutiendo. Tal vez no crea que sea gran cosa porque es solo el bolígrafo o se trata de un libro. Y resulta que es notificado de que va a ser procesado por una acusación por haber asaltado al otro sujeto con un arma que puede ser considerada mortal, por lo que ahora se está preguntando ¿Cómo es eso posible?

Puede que sea sorprendente, pero prácticamente cualquier objeto podría considerarse que es un arma mortal según las leyes en California. No tiene que ser un cuchillo o una navaja, solo tiene que ser capaz de utilizarse para causar daño, y una Corte puede declararlo responsable por ese hecho ilícito.

De modo que, este bolígrafo y este libro no se consideran objetos inocentes ante las regulaciones legales y si fuera declarado responsable por este hecho ilícito puede ser condenado a un máximo de 4 años de cárcel con graves efectos para el procesado y su familia.

Encontrar los consejos legales apropiados

Puede que esta situación le parezca absurda y que es algo que no debería tener importancia, pero eso es una gran equivocación, porque los efectos que una acusación como ésta puede tener en su vida y en su futuro son insospechados y pueden acabar con su estilo normal de vida. Debido a esto, si usted en la actualidad ha sido acusado en Orange County CA, por esta clase de asalto, empleando un objeto cotidiano que puede ser calificado como arma mortal, y para evitar ser declarado responsable, con todo lo que ello implica, necesitará los consejos legales de verdaderos abogados con la experiencia y la experticia en esta área de conductas delictuales, porque al tener los conocimientos específicos, podrán realizar un análisis pormenorizado de los hechos y encontrar las pistas, las evidencias y los argumentos legales que puedan justificar una disminución de la acusación, e incluso que la Corte decida desecharla, y en Orange County Criminal Defense contamos con los abogados que usted necesita para poder salir lo mejor librado posible de una situación como ésta. Asegúrese de contactar con nuestras oficinas a la brevedad posible.

¿En qué consiste un asalto empleando armas mortales?

Igualmente conocido por las siglas "ADW", este hecho ilícito se considera asalto con agravantes que involucra armas, siempre que no sean armas de fuego, que sea capaz de causar lesiones graves y hasta el fallecimiento de un individuo. Este hecho ilícito se caracteriza como un ataque intencional o intento de ataque a un individuo con el uso de fuerza con un arma que pueda considerarse mortal y que probablemente cause lesiones corporales graves o el fallecimiento a la víctima.

Según esta definición legal del hecho ilícito, para que pueda entenderse que el mismo ha sido ejecutado, es necesario que con los hechos concurran 3 elementos básicos:

  • Cometer o intentar cometer intencionalmente un acto de violencia contra otro individuo.
  • Haber usado un arma considerada mortal o fuerza en un acto de violencia.
  • El imputado debe haber representado mentalmente cuáles podrían ser las consecuencias de un acto como el que llevó a cabo.

Pero expliquemos pormenorizadamente estos 3 elementos, para poder tener que nuestro lector entienda de mejor manera esta conducta delictual.

Cometer o intentar cometer intencionalmente un acto de violencia contra otro individuo

Este primer elemento representa la actividad que se sanciona en este hecho ilícito e implica que un individuo asalte intencional y voluntariamente o la tentativa de atacar a otro individuo. Bajo esta especificación, se excluyen los actos forzados o no intencionales, pero son la consecuencia de caso fortuito, fuerza mayor o negligencia.

Asimismo, el acto no tiene que ser efectivo o realizado íntegramente en perjuicio de otro, e incluso que efectivamente haya sido llevado a cabo pero no haya causado el resultado que se esperaba, ya que la mera tentativa es suficiente para constituir un hecho ilícito.

Otro aspecto relevante es que la tipificación del hecho ilícito establece que el hecho cometido así como el arma utilizada deben ser capaces de ocasionar lesiones graves o el deceso de otros individuo, aunque el tipo legal no requiere que ninguno de los dos haya ocurrido efectivamente, sino que el hecho llevado a cabo pueda ser capaz de producir tal resultado.

Haber usado un arma considerada mortal o fuerza en un acto de violencia

Este segundo elemento se relaciona con el objeto utilizado para ejecutar el hecho ilícito, esto es, el arma considerada mortal. Este es el elemento que distingue este hecho ilícito de otras clases de asalto definidos por las leyes. Por lo tanto, el perpetrador debe haber utilizado un arma considerada mortal al atacar de manera violenta a otro sujeto.

Vale la pena señalar que, según la ley de California, las armas mortales pueden ser cualquier objeto que pueda usarse para ocasionar lesiones corporales graves o el deceso de otro. Esta definición, bastante amplia y general, convierte prácticamente cualquier objeto en arma mortal. Varias ejemplificaciones de artículos que podrían considerarse como dichas armas son objetos pesados, tacones, cubiertos, lápices, instrumentos cortantes, cuerdas o botellas, y muchos de ellos son considerados inocuos y los usamos en nuestra vida diaria.

El imputado debe haberse representado mentalmente cuáles podrían ser las consecuencias de un acto como el que llevó a cabo

El tercer elemento que constituye tal hecho ilícito es que quien lo haya ejecutado sea capaz de reflexionar sobre sus posibles consecuencias. Esto significa que este elemento del hecho ilícito es esencial e implica que la persona que comete la actividad violenta debe prever que su acto puede causar daños graves a otros.

Como ejemplo de esta clase de conductas pensemos que un sujeto arroja un martillo a través de una ventana, aunque vio claramente a alguien caminando frente a ella, en cuyo caso el efectuó el lanzamiento puede prever que el martillo podría haber impactado al sujeto que caminaba frente a su ventana y herirlo gravemente o matarlo, a pesar de ello, eso no le importó, de modo que sencillamente lo tira. Bajo este escenario, el perpetrador podría haber previsto el eventual resultado de su acción, pero con todo y eso, decidió ejecutar la actividad de violencia.

¿Cuáles son las penas que se imponen por este hecho ilícito?

Este hecho ilícito califica como wobbler, en consecuencia, queda a elección de la representación fiscal escoger si decide procesar la conducta como felonía o como delito menor dependiendo de las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos y de que el imputado posea antecedentes criminales.

En el escenario de que la Fiscalía decida acusar este hecho punible como delito menor, las penas que pueden ser impuestas en una convicción, pueden ser:

  • Permanecer en una cárcel por un máximo de 1 año.
  • Multa judicial que puede alcanzar $1.000.

No obstante, si decide acusar este hecho punible como felonía, entonces las sanciones podrían ser:

  • Permanecer en la cárcel por un máximo de 4 años.
  • Multa judicial que puede alcanzar $10.000.

El Tribunal puede imponer un sistema de libertad vigilada en vez de enviar al convicto a la cárcel, así como condenarlo conjuntamente a pagar una multa. No obstante, las obligaciones que deberá cumplir el convicto varían de un caso a otro, para este tipo de hechos ilícitos suele incluir horas en servicios comunitarios así como restituir al sujeto perjudicado, esto es, indemnizarlo por los daños y perjuicios que les fueron ocasionados.

No obstante, debe tenerse en consideración que si el hecho ilícito está relacionado con armas de fuego, en estos escenarios las penas serán más severas, ya que estas circunstancias se consideran agravantes que incrementan sustancialmente las sanciones. Ahora bien, el incremento de la sanción dependerá de la clase de armas de fuego que se hayan utilizado:

  • Si se usan armas de fuego simples u ordinarias, el hecho ilícito aún se considera un wobbler y puede ser juzgado como felonía o delito menor, en función de las otras características de los hechos. Si es juzgado como hecho ilícito menor, la sentencia mínima es de 6 meses en la cárcel y la máxima por 1 año. No obstante, si es juzgado como felonía, la privación de libertad puede llegar a los 4 años de cárcel.
  • Si el imputado utilizó armas semiautomáticas, la sanción aumenta y puede llegar a los 9 años en la cárcel.
  • Si el imputado utilizó armas tales como rifles de asalto, así como ametralladoras, el incremento de la condena es obvio, por la peligrosidad que entrañan, pudiendo llegar a ser de hasta 12 años en la cárcel.

¿Qué hechos debe probar la Fiscalía para que se dicte una sentencia condenatoria?

Con el objetivo de que un Tribunal declare responsable al imputado por este hecho ilícito, la Fiscalía debe probar sin lugar a dudas la concurrencia de que el imputado:

  • Cometió o intentó cometer una actividad de violencia en perjuicio de otro individuo.
  • Utilizó un arma que califica como mortal o fuerza en un acto de violencia.
  • Actuó voluntaria e intencionalmente y
  • Pudo representarse mentalmente el resultado de su acción.

Las siguientes líneas describen lo que la Fiscalía debe probar para que se condene al imputado.

Cometió o intentó cometer una actividad de violencia en perjuicio de otro individuo

La fiscalía tiene la obligación de demostrar que el imputado realmente cometió la actividad con violencia en perjuicio de otro individuo, para lo cual puede usar testigos que estaban con el perpetrador o con el sujeto perjudicado en el momento del incidente y presenciaron los hechos violentos. Dependiendo de cómo, cuándo y dónde hayan descrito los hechos la víctima y los testigos, también podrá usar fotografías o videos para probar si realmente el acusado cometió el acto.

Hay que recordar que la Fiscalía no tiene que probar que la víctima sufrió daños corporales o murió para que el acusado sea encontrado responsable, ya que la existencia de este hecho ilícito no depende de cuál haya sido su resultado. No obstante, la Fiscalía debe probar que la actividad de violencia en sí fue suficiente para causar daños a un sujeto.

En el caso de que se causarán lesiones personales, el Tribunal puede agregar las sanciones que se impondrán al convicto en la posible condena.

El imputado utilizó un arma que califica como mortal o fuerza en un acto de violencia

Es necesario que la Fiscalía pruebe que el imputado realmente cometió una actividad violenta en perjuicio de otro individuo usando un arma considerada mortal. En este sentido, recuerde que, según la ley de California, la definición vaga y amplia de un arma mortal permite esencialmente que cualquier objeto que pueda usarse para herir o causar la muerte a otro sujeto entre dentro de esta categoría. Es por ello que, los argumentos de los fiscales se centrarán en determinar qué tipo de objeto se utilizó y si éste cumple los requisitos legales para ser calificadas armas mortales, esto es, si tiene la capacidad de causar lesiones corporales graves o el deceso de otro.

Si la Fiscalía no prueba que las herramientas utilizadas cumplen con estos requerimientos, el imputado no podría ser declarado responsable por este hecho ilícito.

El imputado actuó voluntaria e intencionalmente

Además, la Fiscalía tiene que demostrar que las acciones del imputado fueron intencionales o voluntarias. El uso de la palabra intención para referir este hecho ilícito en el artículo 245 PC significa que el acto es voluntario y no debido a al caso fortuito, fuerza externa o negligencia.

La voluntariedad de un acto no implica que quien lo lleva a cabo haya tenido el propósito de dañar a otro, violar las leyes u obtener alguna clase de beneficio de la acción. Por otra parte, es suficiente que un individuo tenga el propósito de cometer un acto de violencia.

Por ejemplo, en caso de que un individuo se asome a su ventana y accidentalmente se cae una planta de las que decoran la misma, la acción no es voluntaria. Si el sujeto no toma las acciones que se necesitan para amarrar las plantas a su ventana, puede ser un acto de Dios o incluso una negligencia, pero no es una actividad voluntaria. Esto es muy diferente al caso en el que un sujeto sostiene la planta en la mano y la deja caer a propósito, porque allí si hubo intencionalidad.

El imputado pudo representarse mentalmente el resultado de su acción

Para finalizar, la Fiscalía debe probar que el acusado pudo representarse mentalmente que sus acciones podrían haber causado daños graves, incluso el deceso de otro individuo, pero que continuó desplegando su conducta sabiendo que está prohibida por las normas. Para tal efecto, la Fiscalía podría afirmar que cualquier persona común en una situación similar podría, de manera razonable, haberse representado mentalmente que se habría producido un resultado perjudicial.

Por ejemplo, con el mismo ejemplo del individuo que tiró el martillo por su ventana al mismo tiempo que el transeúnte pasaba frente a ella. Los fiscales podrán argumentar el hecho de que cualquier persona normal podría imaginar que arrojar el martillo, podría lesionar gravemente a un transeúnte, de modo que pudo prever el resultado que ello tendría.

¿Existen argumentos defensivos para combatir esta clase de acusaciones?

Todo sistema legal prevé argumentos defensivos que pueden ser usados por los abogados defensores para demostrar que sus patrocinado son tuvieron el propósito de ocasionar daño alguno, y mucho menos matar a otro individuo, pero dichos argumentos variarán según las características del caso en particular, por lo que siempre es una buena idea consultar con abogados criminalistas especializados que escucharán los detalles de los hechos y le brindarán a sus defendidos el asesoramiento adecuado, según su especialidad y experiencia.

Sólo abogados criminalistas especializados podrán orientar correctamente a sus defendidos en lo que respecta a cuál será el argumento defensivo los abogados criminalistas podrán orientar a sus defendidos con relación a cuál será la mejor estrategia, dependiendo las características concretas de los hechos, ya que no todos los argumentos defensivos producirán los mismo efectos, dependiendo de que el imputado efectivamente haya cometido la actividad violenta o no, y de si hubo intencionalidad en la misma.

En caso de que el procesado no haya llevado a cabo la actividad de la que es acusado, es posible que la defensa se fundamente en argumentos como:

  • El procesado es víctima de una falsa acusación

Esto puede ocurrir en dos escenarios, el primero es que la víctima o los testigos se hayan equivocado en la identificación del perpetrador del hecho punible, y el segundo es que el denunciante hizo una falsa acusación fundada en una venganza.

Es posible que se presente una falsa acusación por causa de un error en la identificación del perpetrador por parte de los testigos o de la supuesta víctima. Lamentablemente, es una situación que ocurre de manera común, debido a la capacidad de los individuos para tener una percepción real de los hechos, de la forma en que los recuerdan, así como la manera en que el entorno puede haber afectado dicha percepción, ya que condiciones como la hora, el alumbrado y la distancia, así como el paso del tiempo, pueden influir en la manera en que son percibidos, afectando la manera en que se recuerdan.

Es por ello que los abogados defensores deben resaltar tales dificultades, al momento de demostrar que su defendido no es el individuo que realizó las acciones que supuestamente se le imputan, estableciendo coartadas legítimas, que demuestren que se encontraba en otro lugar, en compañía de otros individuos, de modo que es imposible que hubiera llevado a cabo la conducta ilícita que se le imputa.

En caso de que el procesado haya sido falsamente acusado por causa de una venganza, celos, envidia u odio, la imputación no estará fundada en una falsa percepción sino de una mentira, los abogados defensores deben demostrar cuáles son las verdaderas motivaciones de la presunta víctima en contra del procesado, como que lo que en realidad deseas es quitarle la custodia de su hijo, o tener una posición ventajosa en un juicio de divorcio.

En el escenario de que efectivamente el acusado haya ejecutado una actividad violenta en perjuicio de otro sujeto, el resultado del juicio no tiene por qué ser inevitablemente una convicción, ya que existen otros argumentos defensivos, relacionados con la naturaleza verdadera del objeto empleado o con la intencionalidad que pueden restar total importancia a los hechos, entre los cuales se encuentran:

  • Los objetos empleados no pueden ser considerados armas letales.
  • Hubo consentimiento por parte de la supuesta víctima.
  • El comportamiento no fue movido por la intención, debido a que no fue voluntario.
  • La acción realizada no tenía la capacidad real de causar daños.
  • El imputado actuó en su propia defensa o en la de un tercer individuo que estaba en riesgo de sufrir graves lesiones o la muerte.

Los objetos empleados no pueden ser considerados armas letales

Recordemos que la definición de los objetos que pueden considerarse armas mortales es demasiado amplia y difusa, de modo que es posible que el objeto realmente empleado no sea tan peligroso como la Fiscalía pretende hacer ver, y será la labor de los abogados defensores demostrar ese hecho.

Hubo consentimiento por parte de la supuesta víctima

En algunos casos, se puede cometer un acto de violencia con la autorización de aquel que se supone que fue la víctima de la acción. Dicho consentimiento podría ser explícito, siendo la supuesta víctima quien solicitó la acción, o consentimiento implícito, al participar en una acción que implique alguna violencia que sea socialmente aceptable.

El comportamiento no fue movido por la intención

Dado que resulta un elemento básico que debe tiene que demostrar la Fiscalía resulta la voluntariedad de la actividad, entre los argumentos defensivos más comunes es probar directamente lo contrario. Con este fin, los abogados defensores intentarán probar que la actividad fue ocasionada por la fuerza mayor, el caso fortuito o accidental, y hasta negligencia, por ello, la violencia, en última instancia, no fue intencional.

La acción realizada no tenía la capacidad real de causar daños

Probar que el acto violento ejecutado no fue suficiente para causar daños a otro es un argumento defensivo legal muy bueno. Es posible que el acusado no utilizara la fuerza suficiente, o que su condición física impida que pueda causarles datos a otros, debido a su edad, su salud, o alguna discapacidad.

El imputado actuó en su propia defensa o en la de un tercer individuo que estaba en riesgo de sufrir graves lesiones o la muerte

Se trata de un argumento defensivo usual, en el que los abogados defensores tendrán que demostrar que la actividad violenta se llevó a cabo únicamente para salvaguardar la integridad física del acusado, o de otro individuo, pero para que este argumento sea legal y tenga éxito, es necesario demostrar tres hechos que son los que le quitan la punibilidad al hecho ilícito, que son:

  • La presencia de un peligro o amenaza inminente para el imputado o para otros.
  • El imputado ejecutó el hecho ilícito para rechazar estas amenazas.
  • El grado de la fuerza usada fue proporcional con el grado de riesgo o amenaza que trató de evitar.

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No debe tomar a la ligera una acusación por esta clase de conducta ilícita en Orange County CA, busque de inmediato los consejos de abogados especializados como los que se encuentran en Orange County Criminal Defense, que examinarán las circunstancias en que ocurrieron hechos que le fueron imputados y encontrar los argumentos y estrategias necesarias para mejorar su situación judicial e incluso, demostrar que usted es totalmente inocente de los hechos que le han sido imputados.

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