La normativa de California que establece la prohibición de agresión sexual es la 243.4 de la ley penal. En otras palabras, se refiere a tocar los genitales o partes íntimas de otro sujeto, sin poseer su autorización, con la finalidad de excitarse, abusar, o disfrutar de la acción. Ahora bien, la acusación podrá ser calificada como ilícito menor o ilícito mayor, y puede tener como consecuencia una pena a prisión de un máximo de 4 años.

La acción delictiva de agresión sexual se refiere a un hecho que podrá resultar acusado como delito mayor o menor. En este sentido, se presentarán los cargos por ilícito grave en el caso de que el presunto afectado sea retenido de manera ilegal, este institucionalizado o sea señalado médicamente como incapacitado o discapacitado. También, si fue obligado a tocar sus partes o las de otro individuo. Ante estos hechos antes mencionados, la víctima no tenía consciencia del carácter de la conducta que llevaba a cabo, puesto que fue convencida a través del fraude de que dichas conductas tenían un objetivo terapéutico, o por su parte, resultó inmovilizado, estaba internado, o se encontraba bajo los efectos de los medicamentos.

Por su parte, algunos escenarios donde puede ocurrir un ilícito menor sería: Colocarle la mano en los senos de otro individuo sin tener su autorización, o acariciar de manera intencionada los glúteos de algún desconocido sin su permiso. Ahora bien, algunas situaciones de ejemplo de ilícitos graves incluyen:

  • Tomar a una mujer y desabrocharle la camisa para tocarle sus senos.
  • Exigir a un sujeto discapacitado a masturbarse a sí mismo.
  • Que el médico masculino persuada a una de sus pacientes con enfermedad mental para que deje acariciarle sus partes con la intención de obtener gratificación sexual.

En relación con los argumentos de defensa más comunes que puede utilizar cualquier acusado en este tipo de delitos son: Evidencias insuficientes, inocencia, la víctima dio su permiso, o que las alegaciones presentadas son completamente falsas. Por su parte, entre las penalidades que se pueden establecer por agresión sexual como ilícito menor conlleva pena privativa de libertad por un tiempo de 6 hasta 1 año en alguna cárcel de su condado, pago de elevadas cantidades por un monto no mayor a 2.000 o 3.000 Usd en caso de que el afectado sea un trabajador del presunto responsable. En el caso de que sea por un hecho delictivo mayor, pueden concurrir las siguientes penalidades: pena privativa de libertad por un lapso de 2, 3, y 4 años en alguna cárcel del Estado, y el pago de cantidades por un valor no superior a $10.000. Otra de las sanciones que incluye una sentencia condenatoria por este ilícito como hecho menor deberá registrarse como ofensor sexual en primer grado por al menos 10 años. Mientras que, en los casos de ilícitos graves tendrá que registrarse como ofensor sexual de tercer nivel de manera vitalicia.

Ante la dura situación de que usted actualmente esté sufriendo cargos por este delito, es realmente importante que se comunique con uno de los expertos del bufete Orange County Criminal Defense, localizado en Orange County, CA, lo más rápido que pueda. Nuestro grupo de profesionales han defendido de forma exitosa a clientes con cargos por agresión sexual por años. De igual modo, confiamos en la alta capacidad de los abogados para ayudarle a obtener buenos resultados en su situación legal. En este Estado, el ilícito de agresión sexual resulta bastante severo. Por ello, es importante que si sufrió cargos por esta acción delictiva busqué asistencia legal inmediata, debido a que sus penalidades incluyen pena privativa de libertad, pago de multas por cantidades onerosas, y por supuesto, registro como ofensor sexual.

Vale la pena aclarar que, las normativas que regulan esta acción delictiva muchas veces son confundidas con las de acoso o violación. Aun cuando los delitos puedan parecer similares, tienen tratamientos legales diferentes. No deje pasar más tiempo, y llame ahora mismo a un abogado especialista en agresión sexual lo más pronto posible. ¡Llame ya!

¿Qué elementos deben comprobarse en este tipo de delitos?

El simple hecho de tocar o mantener un contacto con otro sujeto sin poseer su permiso, con la intención de tener un disfrute sexual, es calificado como una agresión sexual. Es importante señalar que la parte acusadora debe comprobar todos los requisitos del hecho delictivo para obtener una decisión culparía por el ilícito de agresión sexual, según la normativa 243.4 de la Ley Penal: El imputado confinó o mantuvo de forma ilegal a otro sujeto y toca los genitales del cuerpo del afectado en contra de su total voluntad, con la intención de satisfacerse o excitarse sexualmente.

La agresión sexual es señalada como una acción desagradable, sin embargo, como la acción y las lesiones están en un extremo inferior en las escalas de las acciones ilícitas sexuales, los miembros del jurado y las autoridades jurisdiccionales pueden encontrarse plenamente puestos a determinar que el sujeto perpetro el ilícito cuando exista dudas razonables en las evidencias. Ahora bien, la acusación resultará desestimada si llegasen a hacer falta alguna de las situaciones que se mencionaron previamente.

A continuación, se explican con mayor detalle algunos de dichos conceptos para entender la terminología o conceptos jurídicos.

  • Tocar

Se puede señalar como la acción de mantener contacto o tocar a otro sujeto. Ahora bien, si se refiere a alguna acción delictiva menor vinculada con agresión sexual, conlleva a que el imputado mantiene contacto o cercanía con los órganos sexuales o partes íntimas del afectado.

Ejemplo

Luis labora como cuidador en una institución para personas con enfermedades de salud mental. Le pide a Marta, una interna con un padecimiento severo en la institución, que le acaricie su miembro por medio de la vestimenta, y esta la ejecuta. Este hecho se sanciona como un ilícito de agresión sexual mayor o agravada. Pero, para que resulte imputado por este ilícito, se tiene que tocar la piel desnuda del demandante, en caso de que el tocamiento sé de a través de la vestimenta no se considerará como esté ilícito.

Un escenario claro de esta situación es cuando Luis le toca los pechos a Marta por su blusa. Este no se considerará culpable del ilícito debido a que el tocamiento se dio por medio de la ropa de Marta. Aun cuando esta se encuentre institucionalizada y no posee capacidad mental, este solo resultara sentenciado por este hecho como ilícito menor.

  • Genitales o partes privadas

Los senos, ano, órganos sexuales, ingle son calificados como partes íntimas, de igual modo, los son los senos de las mujeres.

  • En contra del consentimiento de la víctima

En el instante que se realiza el tocamiento en contra de otra persona sin su autorización, se está perpetrando este ilícito. Para que pueda existir el acuerdo, el individuo tiene que actuar de manera voluntaria, siendo plenamente consciente del carácter sexual del acto en el que está prestando el consentimiento.

Como resultado, incluso aun cuando el afectado carece de su autorización, el imputado puede resultar con cargos por el hecho delictivo de agresión agravada. En el caso de que actúe por medio de fraude, en otras palabras, afirmando mediante falsas pretensiones que estos tocamientos conllevan una terapia profesional. Esto ocurre debido a que el engaño o fraude elimina por completo el consentimiento. Un individuo no podrá prestar su permiso si resultó engañando, de forma que, no entiende el carácter del acto o acción que posiblemente cometería.

  • Explotación sexual

En el instante que se lleva a cabo una agresión con el propósito de generar un abuso o explotación sexual, se desea herir, generar miedo, asustar, o humillar al presunto afectado o infligirle dolor en sus genitales. Este ilícito puede ser la consecuencia de tocamientos sexuales con esta intención o aun si no se encuentra motivado por una pretensión personal de disfrute de tipo sexual.

  • Retención ilegal

Esta acción se configura cuando de forma ilegal se retiene a un individuo al tratar de controlarle su libertad por actos, frases, o autoridad, y lo detiene contra su consentimiento. Pero, dicha restricción ilegal necesita más que el simple uso de fuerza requerida para obtener un contacto de carácter sexual.

Ejemplo

Marcos es un profesor de secundaria, invita a Lucia quien es parte de los alumnos bajo su mando para qué lo acompañe a un lugar de la escuela, allí cierra o quita el paso de la puerta y coloca una silla en la puerta para que no pueda salir. El hombre invita a la joven y le toca o acaricia los senos sobre la ropa que lleva puesta, posteriormente, de que esta intentara caminar por el área. Marcos sujeta fuertemente a Lucia de manera ilegal, ejecutando el ilícito conocido como agresión sexual. Marcos acaricia a la mujer utilizando más que la simple fuerza requerida, aprovechándose del miedo y ansiedad que le generaba, además, le dijo claramente cuando camino de un lado a otro que se alejara de ella. Asimismo, si un individuo usa la autoridad que le ha sido impartida para un objetivo ilícito, estaría cometiendo un hecho delictivo.

Ejemplo

Juan tiene un empleo como agente en una prisión y se encarga de llevar a diferentes condenados esposados. Se califica que es legal que estos sujetos se mantengan esposados cuando van a ser transportados de un sitio a otro. Pero, cuando Juan les quita la ropa y les acaricia sus partes, la finalidad deja de ser totalmente legal y los condenados ahora están siendo retenidos sin su consentimiento.

  • Cómplice

Al hablar de cómplice, también se hace referencia al “instigador”, se le procesará de la misma forma y tendrá las penalidades que el causante principal. Si un sujeto ayuda a cualquier sujeto a ejecutar el delito, entonces califica como cómplice. Este cómplice conocía o debía conocer que el autor estaba ejecutando una acción criminal, la planeó y lo ayudó o permitió la agresión, o también puede que cooperara en la conspiración criminal para llevar a cabo el acto sexual.

¿A que hace referencia este delito?

Se puede definir el ilícito de agresión sexual como el tocamiento de los genitales de otro individuo sin tener su autorización, con la finalidad de obtener estimulo o disfrute de tipo sexual. Este hecho está señalado en la normativa 243.4 de la Ley Penal y a distinción de la violación, este delito no necesita la penetración o el acto sexual por el agresor. De igual modo, es importante tener en consideración que cualquier persona puede resultar imputada por este delito, incluso si mantiene relaciones sexuales por un periodo prolongado con la víctima, con la única diferencia que será tratado como ilícito menor.

Algunas situaciones de ejemplo de este tipo de acción delictiva son las mencionadas a continuación:

  • En el instante en que José, quien es dentista, trata de inclinarse sobre los senos de una de sus pacientes para tomar los instrumentos de trabajo, lo hace con intención de disfrutar o satisfacerse sexualmente. José podrá ser acusado por este tipo de ilícitos como un hecho delictivo menor.
  • Max y Lucía son una pareja que viven en el mismo espacio y mantienen relaciones íntimas por un lapso de un año. Después de una fuerte pelea, Lucia trata de acariciar el miembro de Max sobre su ropa como un intento de que mantengan actos sexuales. Max le contesta que no desea hacerlo, y esta se niega rotundamente. Ante esta situación, Lucia podrá resultar acusada por esa acción delictiva como hecho menor.

En el caso de la agresión sexual agravada está señalada en la normativa penal, especialmente en el artículo 243.4. Cuando sucede el contexto antes mencionado, se genera este tipo de ilícito. No obstante, el afectado también es: restringido de forma ilegal por el sujeto, se encuentra institucionalizado para obtener tratamientos médicos, este discapacitado o incapacitado, no está consciente sobre el acto debido a que el imputado lo engaño diciendo que sus tocamientos poseían un fin profesional, o por su parte, era obligado a masturbarse o tocarle las partes íntimas al presunto autor, un cómplice, o cualquier individuo en los hechos previos. Solo en la última situación, se tiene reconocido el ilícito en California, si el denunciante resulta obligado a tocar los genitales del imputado en lugar de las propias.

Ejemplo

José toma a Marta de forma ilegal y la coacciona para que toque su miembro con la asistencia de su hermano. En este caso, José podrá resultar acusado por agresión sexual severa en el Estado. De igual modo, estando José en una estación de metro completamente llena, se encuentra al lado de Marta, y le agarra su mano y la pone sobre el miembro sin tener la autorización de ella.

La Ley Penal en su artículo 243.4 usualmente requiere que el imputado toque las partes privadas del afectado y no sea al revés. Puesto que, en este hecho, José no resultara condenado por este ilícito, a menos que suceda algunos de los escenarios antes mencionados. Pero, José aún puede resultar condenado por el ilícito de agresión establecido en la norma 242 PC.

¿Se puede demandar por daños y perjuicios luego de un hecho de este tipo?

Esto es posible, y el afectado por el delito podrá presentar su demanda civil contra el responsable para exigirle un reclamo por todos los daños sufridos como resultado del ilícito. Dicha reclamación es totalmente diferente a los cargos de tipo judicial que se pueden establecer contra el autor. Por su parte, la carga de la prueba para el afectado en una causa civil es comprobar que su agresor si perpetró el hecho y que dicha ofensa conllevo en daños visibles o comprobables. Algunos ejemplos serían, facturas médicas, pérdida de su salario, daños en sus bienes, sufrimiento, dolor, por mencionar algunos.

Penas establecidas para este delito en California

Vale la pena mencionar que esta acción delictiva se califica como “wobbler” es decir, que, según las circunstancias específicas del caso, la severidad de las acciones, o el prontuario criminal previo, es posible resultar sentenciado como delito menor o mayor.

Delito mayor

Ante el escenario de que resulte condenado por un ilícito grave relacionado con una agresión sexual en virtud de la norma 243.4 literal (a) y 243.4 literal (d) PC, puede sufrir una pena de 2, 3, y 4 años en alguna cárcel estatal, además, del pago de multas por cantidades no mayores a $10.000. Ahora bien, resultará procesado con una acción delictiva si posee una condena previa por agresión y ejecuta una infracción de las normas antes señaladas en contra de un menor de edad.

Delito menor

En caso de que se declare responsable por un ilícito menor por agresión sexual, puede sufrir una pena de 364 días en una prisión del condado, o el pago de multas por un monto no mayor a $2.000.

Sanción como ilícito menor por agresión sexual en virtud de la norma 243.4 literal (e) (1) PC

Cuando se condena el delito de agresión sexual como ilícito menor bajo esta normativa, se le impondrá una pena en prisión de 6 meses y el pago de multas por hasta $2.000. No obstante, si la víctima resulta ser empleada del imputado, la multa se incrementará hasta la suma de 3.000.

¿Se debe registrar como ofensor sexual?

Aunado a las penalidades previas, el imputado tendrá la obligación de registrarse como un ofensor sexual según la norma 290 PC, si es sentenciado por este delito. La obligación debe cumplirse de por vida y necesita que el imputado proporcione el domicilio, sitio de trabajo, o cualquier información a la agencia local una vez por año. O también, cada noventa días si está de manera transitoria. De igual modo, debe registrarse como ofensor en la agencia policial del campus si va a la universidad. Por su parte, si se va a residir en California y el estado de procedencia le pide registrarse como tal, es probable que también tenga la obligación de llevarlo a cabo en California.

Delitos relacionados

Existen algunas acciones delictivas que se vinculan con este delito de agresión sexual, sea porque son acusados de manera conjunta o debido a la frecuencia en la que se imputan en un principio en lugar de la agresión. Entre los más comunes se encuentran:

  • Agresión: La normativa de agresión la define como cualquier tipo de tocamiento no deseado, sea o no de tipo sexual.
  • Violación: Se refiere a que una persona mantiene relaciones sexuales sin consentimiento de la otra parte, utilizando la coacción o el engaño.

Tácticas de defensa aplicable a cargos por agresión sexual

Ante un escenario de que una persona resulte acusada por este delito, un abogado especialista en delitos sexuales podrá utilizar muchas estrategias en su defensa. Entre estas se pueden incluir:

No existen pruebas suficientes

El abogado experto en el área podrá cuestionar y desvirtuar las evidencias que el fiscal presentó, además, argumentar que estas no bastan para poder mantener la acusación presentada contra el imputado.

Los contactos generados no fueron de carácter sexual

El imputado no debe ser condenado por este delito si tocó a otro en una zona íntima contra su voluntad, pero sin la intención de obtener gratificación, deseo, o placer sexual. De manera que, golpear de manera imprevista a un sujeto en sus genitales en una pelea, por ejemplo, no se configura como un abuso de tipo sexual.

Consentimiento

El imputado no debería resultar responsable de la conducta delictiva si realizó tocamientos a un adulto con fines sexuales teniendo su autorización. Por ejemplo, Juan y Luisa sostienen una cita debido a que son pareja. Luisa no quiere o desea que Juan meta sus manos bajo las bragas, pero no lo habla ni le solicita que deje de tocarla. Juan cree de manera honesta y razonable que la mujer dio su permiso para dicha acción o lo creyó de forma indirecta. Posteriormente, Luisa acusa a Juan de que la abusó sexualmente. Este no podrá ser condenado por el ilícito, siempre que la joven logre persuadir a las personas que forman el jurado de que está conocía o debió saber que no permitió los tocamientos.

Encontrar asistencia legal de un especialista en ilícitos sexuales en California

Ante la dura situación de que usted o un familiar resulte afectado por un hecho como el mencionado en Orange County, CA, es importante que se comunique con el mejor equipo de expertos del bufete Orange County Criminal Defense, quienes no solo se encargaran de ayudarlo y asistirlo durante todo el proceso, sino que emplearán las técnicas de defensa adecuadas a su caso para obtener los mejores resultados. No dude más, comuníquese al siguiente número 714-467-2772 y agende su primera cita completamente confidencial.