El hurto mayor en California tiene lugar cuando el valor de la propiedad hurtada excede los $950. Una defensa satisfactoria contra este delito requiere la experticia de un abogado defensor debido a su complejidad. Este delito puede ser categorizado de distintas formas ya que puede cometerse mediante falsas pretensiones, engaños, malversación de fondos y hurto, por lo que cada forma tiene una estrategia defensiva única. En nuestra firma de abogados, podemos defenderlo contra este delito y cualquier otro relacionado con hurto.

Si está enfrentando cargos por hurto mayor en Orange County, debe contactarnos lo antes posible para que ejerzamos su representación. No debe intentar combatir los cargos solo, ya que nuestros abogados pueden ayudarlo a desarrollar una defensa convincente contra las acusaciones. En Orange County Criminal Defense, estamos conformados por un grupo de abogados con una vasta experiencia en delitos de esta naturaleza, los cuales hemos logrado una gran cantidad de resultados favorables. Contáctenos inmediatamente para recibir ayuda.

¿Qué es el hurto mayor?

El artículo 487 PC describe el hurto mayor como un apoderamiento ilícito de la propiedad de otra persona cuyo valor es mayor a $950. Para ser condenado de hurto mayor, el fiscal debe demostrar satisfactoriamente ciertos elementos constitutivos de delito, los cuales varían en función de la clase de hurto. La diferencia entre los mismos recae en la forma en que se comete el delito, ya que puede ser mediante pretensiones, malversación de fondos, engaño o hurto. Por su parte, el hurto mayor mediante engaño se refiere al apoderamiento de un bien ajeno a través de medios fraudulentos con la finalidad de privar a su dueño del mismo y se logra al trasladar la propiedad hasta cierta distancia por un período determinado, suficiente para que la persona pierda parte considerable de su valor. Este periodo puede incluso ser corto, siempre que el propietario no haya transferido la titularidad de la propiedad del bien al acusado.

En cuanto al hurto mayor a través de malversación de fondos, este implica apoderarse de una propiedad ajena de una manera fraudulenta. El propietario debe haber encomendado el bien a otra persona, tras lo cual la persona a la cual le fue encomendada el bien utiliza la propiedad para obtener un beneficio personal con la única intención de privar al propietario de su posesión, ya sea de forma temporal o permanente.

El hurto mayor que se comete a través de falsas pretensiones implica engañar o persuadir a otra persona utilizando información falsa con la finalidad de adueñarse de sus bienes, una vez que cree en la pretensión, el dueño le transfiere propiedad del bien. Una persona viola el artículo 487 PC a través de falsas pretensiones si hace cualquiera de los siguientes actos:

  • Dice algo falso.
  • Afirma que todo lo que dice es cierto, a pesar de saber que es incorrecto.
  • Se rehúsa a dar o brindar la información pertinente por la cual se considera responsable de brindar.
  • Hace una promesa falsa.

Para hurto mayor que se comete a través de falsas pretensiones, el fiscal debe demostrar que la víctima le transfirió su propiedad al acusado debido a las declaraciones falsas emitidas por este. De igual forma, el fiscal debe presentar evidencias que vinculen al acusado con el delito, lo cual puede incluir documentos contractuales falsos, las declaraciones de mínimo dos testigos o un testigo conjuntamente con otro tipo de evidencia. También se puede presentar como evidencia firmas o escrituras falsificadas.

Con respecto al hurto mayor llevado a cabo a través de hurto, este consiste en tomar físicamente objetos tangibles pertenecientes a alguien más sin su permiso. En este caso, el acusado debe haber actuado con el propósito de privar al propietario del mismo, ya sea temporal o permanentemente, por un período que puede hacer que el propietario pierda el valor del bien o una parte significativa del disfrute del mismo. El fiscal debe probar que el acusado logró trasladar la propiedad, aunque sea a una distancia mínima de la ubicación original.

Por ejemplo, David entra al patio de Diego, su vecino, y se lleva su bicicleta. Aunque David tiene la intención de devolverla a Diego eventualmente, transcurren 6 meses. En este caso, David puede ser imputado por hurto mayor por tomar la bicicleta de Diego sin su permiso y quedársela por un periodo de tiempo suficiente para privarlo de una parte significativa de su disfrute.

¿Cuál es la diferencia entre hurto y robo?

El hurto se describe como la obtención de la posesión de un bien ajeno con la intención de privar al dueño del mismo. Mientras que, el robo consiste en el apoderamiento de un bien ajeno que se encuentra en la posesión inmediata del dueño, en contra de su voluntad. La principal diferencia entre los dos delitos recae en el uso de fuerza, ya que en el robo se utiliza fuerza mientras que el hurto esto no es un requisito.

¿Cómo se distingue un hurto menor de un hurto mayor?

La principal diferencia entre el hurto menor y el hurto mayor recae en el valor del bien hurtado. Por ejemplo, para el hurto menor, el valor del bien debe ser de $950 o menor, mientras que, para el hurto mayor, el valor del bien debe ser mayor a $950.

La Promulgación de la proposición 47 de California en el año 2014 hizo posible la reducción de las sanciones de algunos delitos considerados no graves de felonías a delitos menores, en consecuencia, el hurto en tienda se convirtió en un delito de hurto distinto, permitiéndole a las personas acusadas por otros delitos de hurto solicitar que sus cargos se sentenciarán nuevamente como un hurto en tiendas como delito menor. Anteriormente, una persona podría enfrentar una condena por hurto mayor incluso si la propiedad en cuestión estaba valorada en menos de $950, especialmente si el artículo era un arma de fuego, automóvil, o animales como caballos, camellos y ovejas. Los fiscales también imputan cargos por hurto si la propiedad fue tomada de la presencia inmediata del propietario, tal como su vestimenta.

Esta Proposición modificó la forma en la cual se procesan tales casos, ya que actualmente una persona es imputada por hurto menor siempre que el valor del bien sea de un máximo de $950, independientemente del tipo de bien en cuestión. Sin embargo, existen ciertas excepciones a esta regla, las cuales consisten en que la persona haya hurtado un animal, armas de fuego, automóviles, o algo que se encuentre en el bolsillo de otra persona. En tal caso, enfrentará cargos por hurto mayor independientemente del valor del artículo y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Haya sido condenado anteriormente de un delito sexual que requiere que se registre como un delincuente sexual o;
  2. Incurrió en ciertos delitos graves como abuso infantil, violación mediante fuerza, asesinato y homicidio vehicular grave.

También puede ser acusado por hurto mayor si continuamente toma bienes de su empleador; tales como dinero o bienes muebles, cuyo valor alcanza un valor acumulado de $950 en un período de 12 meses.

¿Cuáles son sus sanciones?

El hurto mayor generalmente es un wobbler, el cual puede ser manejado como un delito menor o una felonía dependiendo de las evidencias presentadas y los antecedentes penales del acusado. Si es tratado como un delito menor, las sanciones incluyen un máximo de un año en la cárcel del condado. Mientras que cuando se trata una felonía, es probable que enfrente libertad condicional formal conjuntamente con un año en la cárcel del condado; o una pena de 16 meses, 2, o 3 años de cárcel si el objeto no era un arma de fuego.

Si el bien tenía un valor sustancial, puede ser sujeto a sanciones mayores que incluyen una pena de prisión adicional. Por ejemplo, si costaba más de $65.000, el período adicional de prisión será de un año, mientras que, si el costo excede los 200.000 dólares, el período adicional será de 2 años. Por otro lado, se añadirán 3 años de prisión si el valor del bien es mayor a $1.300.000 y 4 años si supera los $3.200.000.

¿Cuáles delitos están relacionados?

Distintos tipos de delitos de hurto pueden ser imputados conjuntamente con el hurto mayor o como cargos alternativos a este punto. Todos estos se basan en tomar bienes de otra persona sin su consentimiento y utilizarlos ilegalmente para un beneficio propio. Sin embargo, se distinguen por los elementos del delito que el fiscal debe demostrar para que el acusado sea condenado.

  • Hurto menor. Artículo 484 (a) y 488 PC. Este aplica cuando el valor del bien hurtado es de $950 o menos. Los cargos por hurto menor se pueden aplicar cuando existe una disputa sobre el valor real de la propiedad. Por ejemplo, un anillo dorado comprado hace siglos. En tal caso, nadie está seguro del valor real del bien y es posible perseguir cargos menores como el de hurto menor o recepción de propiedad robada si el acusado está enfrentando cargos por hurto mayor. Este hecho punible es un delito menor cuyas sanciones incluyen una pena máxima de 6 meses de cárcel en el condado y una multa máxima de $1.000, o una combinación de ambas naciones.
  • Hurto menor con una condena previa. Artículo 666 PC. Esta disposición aplica a aquellas personas que tengan condenas previas por delitos de hurto, lo cual acarrea consecuencias más severas. Tener una condena previa por un delito de hurto y por una felonía grave como un delito de naturaleza sexual, convierte al delito en wobbler. Lo mismo ocurre si tiene una condena previa por hurto o robo fraudulento de un adulto mayor, ya que en tal caso también puede ser imputado por delito menor o felonía. Una condena por delito menor entraña una pena máxima de un año en la cárcel del condado o una multa de $1.000. Pero si es manejado como una felonía, se dictará una pena de prisión de tres años como máximo.
  • Hurto mayor vehicular. Artículo 487 (d) (1). Esta disposición aplica cuando el bien hurtado es un vehículo. Se trata como un delito menor o felonía en función de los hechos del caso y si el acusado tiene antecedentes penales por el mismo delito u otro relacionado. En la mayoría de los casos, es considerado una felonía cuyas sanciones incluyen una pena de 16 meses, dos o tres años de cárcel. Las sanciones también pueden incluir una multa de 10.000 dólares y en algunos casos, el juez impone tanto la pena de cárcel como la multa.
  • Robo, robo con explosivos y robo de auto. De conformidad con el artículo 459 PC, es un delito ingresar a un edificio cerrado con el propósito de cometer una felonía o incluso un delito menor una vez se encuentre dentro del mismo. Si usted ingresa a un vehículo o vivienda con la intención de hurtar, es posible que sea condenado tanto por hurto mayor como por robo de vehículo. El robo es una felonía cuya sanción incluye una pena máxima de 3 años de cárcel, pudiendo ser de un máximo de 6 años si el robo tuvo lugar en una estructura actualmente habitada, como una residencia o tráiler.

Si usted intentó abrir un espacio protegido como una bóveda o caja fuerte utilizando objetos como explosivos o antorchas, las sanciones serán mayores. Tales actos constituyen transgresiones del artículo 464 PC, el cual tipifica como delito el robo con explosivos. Este es castigado con una pena máxima de 7 años de cárcel.

  • Robo. Una persona puede ser acusada conforme al artículo 211 PC si tomó un bien ajeno en contra de la voluntad del propietario por medio de la utilización de fuerza o amenazas. Una persona puede enfrentar cargos por robo y hurto mayor simultáneamente si el bien robado tiene un valor mayor a $950. Este delito generalmente es imputado como una felonía, cuyas sanciones dependen de la gravedad del robo. Por su parte, los robos en primer grado acarrean una multa de $10.000, libertad condicional formal, y una pena de prisión de 3,4 o 6 años. En cuanto a los robos en segundo grado, sus sanciones incluyen una pena de prisión estatal de 2, 3 o 5 años y una multa máxima de 10.000 dólares.
  • Falsificación. Artículo 470 PC. Consiste en firmar o utilizar el nombre de otra persona sin su permiso. Los cargos por falsificación también aplican si una persona falsifica la letra, sello de alguien o un documento legal, o si presenta una escritura falsa o alterada de otra persona como original. Este delito es un wobbler que por delito menor entraña una pena máxima de un año en la cárcel del condado y una multa máxima de $1.000. En algunos casos, el condenado puede recibir libertad condicional informal y ser obligado a pagar una indemnización a la víctima. Si la falsificación se maneja como una felonía, sus sanciones incluyen una pena de cárcel de 6 meses, dos o tres años y una multa máxima de $1.000. Además de libertad condicional sumaria y la obligación de pagar una indemnización a la víctima.

En lugar de enfrentar las sanciones por falsificación indicadas anteriormente, también es posible que le sea impuesto un programa de desviación de cheque sin fondos. Los programas de esta naturaleza varían según los condados. Por ejemplo, las personas acusadas de entregar cheques falsos en el condado de Los Ángeles, pueden evitar ser procesadas penalmente sí pagan una indemnización total a la víctima y asisten a una clase de intervención de 8 horas.

  • Malversación de fondos públicos. Artículo 424 PC. Este cargo aplica cuando la persona que está a cargo o tiene el control de fondos públicos malversa el dinero o los presta a otra persona sin autorización. La malversación de fondos federales generalmente aplica a las autoridades, incluyendo los funcionarios gubernamentales y administradores. Este delito generalmente es considerado una felonía cuyas sanciones pueden incluir una pena de dos a cuatro años de prisión estatal.

¿Cómo puede defenderse?

  • Usted no tenía la intención de hurtar. Es posible alegar que usted no tenía el propósito de hurtar, sino que estaba apresurado o tomó el artículo por error. El abogado también puede alegar que usted se olvidó de pagar o alternativamente, algo le impidió hacerlo. Por ejemplo, si cuando se encontraba en un centro comercial escuchó la alarma de su vehículo que estaba estacionado afuera del edificio, por lo que salió del mismo apresurado dejando mercancía valorada en $950 o más. Otro caso sería que usted se dedicara a entregar paquetes, pero olvidó entregar uno, por lo cual se quedó en su automóvil y se fue a casa con el mismo. Según las circunstancias de su caso, su abogado lo ayudará a desarrollar el argumento defensivo idóneo para refutar la existencia de la intención.
  • Usted pensaba que el bien era suyo. El juez puede desestimar los cargos por hurto mayor si se determina que el bien en cuestión era suyo, ya que en tal caso, no sería culpable de este delito. Por lo cual, proporcionar documentos escritos que demuestren que usted es el propietario lo ayudará a ser absuelto. En la mayoría de los casos, esta estrategia defensiva aplica cuando el bien en cuestión se parece al suyo.
  • Contaba con el consentimiento del propietario. Una defensa posible para hurto mayor es argumentar que el propietario del bien le transfirió la posesión del mismo. Sin embargo, para que esta defensa tenga éxito, usted debe haber usado o poseído el bien conforme a los términos acordados. Por ejemplo, si le dieron un bien para que lo usará de una forma o para un propósito específico, pero terminó usándolo de una forma distinta, esta estrategia defensiva no aplicará.
  • Falsas acusaciones. Una gran cantidad de personas enfrentan cargos por hurto mayor que derivan de falsas acusaciones. Estas pueden surgir por el fracaso de negocios entre las personas implicadas. Si esto ocurrió en su caso, es posible alegar que usted fue una víctima de una acusación falsa o equivocación de identidad y demostrarlo en el juicio. Por ejemplo, puede probar que la acusación fue falsa argumentando que el denunciante tenía motivos para ello y presentó pruebas como una comunicación escrita entre usted y el denunciante que revele que este lo amenazó de presentar cargos en su contra si usted no cumplía con un acuerdo en específico.

¿Cuál es el plazo de prescripción de este delito?

El plazo de prescripción generalmente se define como el periodo de tiempo que un individuo tiene para presentar una demanda o denuncia. Este también es conocido como plazo límite. Si el interesado no presenta su demanda dentro de este periodo, pierde el derecho a ser indemnizado por los daños sufridos o a que el denunciado sea procesado. El plazo límite para un cargo de hurto mayor como felonía en California generalmente es de 3 años a partir del día en que se cometió el delito o se dieron cuenta del mismo. Sin embargo, con la promulgación del artículo 801.5 PC, el plazo límite fue modificado de 3 a 4 años. Se considerará que este plazo ha vencido si durante la totalidad del mismo, usted había sido un menor de edad o residía fuera del estado de California.

Las sanciones derivadas de hurto mayor son severas, especialmente cuando el valor del bien en cuestión es mayor a $65.000, ya que aplicaría un aumento de pena. Sin embargo, un abogado penalista con experiencia lo ayudará a combatir las acusaciones y posiblemente reducir las sanciones o cargos que han sido presentados en su contra.

¿Cómo encontrar asesoría legal cerca de mí?

Si es acusado por este delito, es crucial que contrate a un abogado con experiencia, quien puede desarrollar una estrategia defensiva sólida para ayudarlo a evitar las sanciones severas previstas en la legislación de California para este delito.  En Orange County Criminal Defense; nuestros abogados tienen un amplio conocimiento de la ley, por lo cual, no debe dudar en contactarnos para una evaluación de su caso y conocer más sobre las opciones de defensa disponibles para el mismo.

Contacte a Orange County Criminal Defense para su primera consulta; llamando al 714-467-2772.