La libertad vigilada o condicional se trata del beneficio procesal que se otorga a una persona condenada, que le permite permanecer en libertad cumpliendo su condena bajo ciertas condiciones que debe cumplir obligatoriamente. Esto significa que, aunque se dicte una sentencia que declare la responsabilidad de un imputado, aún puede permanecer libre sin ir a la cárcel.

Pero, a pesar de que favorezca al convicto, no significa que dejará de ser la condena que debe ser cumplida, impuesta por una Corte como una consecuencia natural de haber sido encontrado responsable de un hecho punible. Por lo tanto, las leyes ponen mucho énfasis en que quienes se benefician del sistema no cumplen con sus términos.

En California, este sistema normalmente funciona de 1 a 5 años. En ese lapso, en convicto que haya sido beneficiado debe tratar de comportarse como un ciudadano ejemplar y modelo, así como reunir y satisfacer todas las obligaciones y condiciones especificadas en la concesión de este beneficio. Cualquier incumplimiento de los términos del régimen impuesto podría resultar en un incumplimiento del período de prueba, con riesgo de cancelación de este beneficio.

¿Se pueden encontrar los consejos legales más convenientes?

Por supuesto que sí, siempre que se consulte con abogados criminalistas especializados, de modo que si un familiar o usted mismo se encuentra cumpliendo con un régimen de libertad vigilada que le fue impuesto por una Corte en Orange County CA, por causa de una convicción por haber sido encontrado responsable de una conducta ilícita, y piensa que es probable que se considera que ha incumplido las obligaciones que se le impusieron en su régimen de libertad vigilada, corre el riesgo de que el beneficio le sea revocado, con la inminente posibilidad de ser enviado a la cárcel a cumplir la pena por la conducta ilegal por la que fue condenado en principio. Todo ese riesgo puede ser evitado con los consejos legales convenientes de abogados especializados en asuntos posteriores a la condena, como los que tenemos en Orange County Criminal Defense, quienes conocen todos los procedimientos asociados con estos regímenes y conocen los argumentos y las estrategias que permitirán sustraerlo de una nueva convicción por violar su libertad vigilada, asegurándose que de continúe disfrutando de este beneficio, en libertad pero cumpliendo con todas su obligaciones. Dado el evidente beneficio que ello puede suponer para usted, no dude en ponerse en comunicación con nuestras oficinas a la brevedad posible.

¿Qué es un período de prueba, libertad condicional o libertad vigilada?

Este régimen está regulado en la disposición 1203 del Código Penal y comprende las ventajas procesales que otorgan los jueces a las personas previamente sancionadas por un hecho ilícito. Se puede entender como una clase de clemencia judicial, por la que se permite a un convicto cumplir la pena sin permanecer en la cárcel, si se cumplen las obligaciones establecidas por el Tribunal. Y es un juez quien puede decidir conceder este beneficio en vez de enviar al imputado a la cárcel, o puede imponerla en manera complementaria a una sanción de cárcel.

Se puede otorgar por hecho punibles menores o hecho punibles mayores. En los dos supuestos, el juez fija varias condiciones que el destinatario del régimen debe cumplir en un plazo determinado. Las obligaciones van a depender de las características en cada caso, así como de la clase de hecho punible por el cual el individuo haya sido encontrado responsable en el juicio correspondiente originalmente.

Hay que recordar que si bien este se trata de un beneficio de tipo procesal, también se trata de una manera especial que permite a ciertos convictos cumplir una pena por un hecho punible anterior. Por lo tanto, las leyes de California establecen que las reglas del régimen no sólo deben ser estrictas sino que deben ser absolutamente cumplidas.

En función de la naturaleza del hecho punible por el cual haya sido declarado responsable el imputado, hay dos clases de libertad vigilada o condicional:

  • Libertad vigilada o condicional sumaria o informal, que supone una supervisión mínima, que se concede en los escenarios de hechos ilícitos calificados como menores.
  • Libertad vigilada o condicional formal concedida en caso de un hecho punible grave, esto es, por una felonía.

Libertad vigilada o condicional sumaria o informal. Es un beneficio concedido a personas que cometen hechos punibles menores. El tribunal determina los requisitos y obligaciones que deben cumplir los beneficiarios. Pero bajo este sistema, el individuo beneficiado no tiene que cumplir con citas ante los oficiales de supervisión de libertad condicional ni soportar inspecciones regulares en su casa y no tiene que registrarse ni rendir informes.

Libertad vigilada o condicional formal. Se otorga después de que un sujeto es condenado por una felonía, esto es, por un hecho punible mayor, y se trata de un beneficio de libertad supervisada con controles regulares semanales, y en el mejor de los escenarios mensuales, y presentación de informes a un oficial de liberación designado. En un sistema de este tipo, las condiciones que deben cumplirse suelen ser estrictas.

¿Qué es una violación a la libertad vigilada o condicional?

De conformidad con el Código Penal de California, en la disposición 1203.3, se trata de infracciones a las obligaciones impuestas por el tribunal, que debían ser cumplidas dentro de un régimen de beneficio para el convicto. Este escenario permite a la Corte dar por terminado, revocado o hacer modificaciones al acuerdo otorgado previa audiencia de todas las partes.

Pero, ¿qué se considera incumplimiento de una condición? En general, los actos de incumplimiento no constituyen necesariamente un hecho punible. De hecho, muchos de ellos para nada se consideran tales. Esto porque la violación va a depender de las condiciones con las que se conceda la medida. Esto significa que algunos estándares no se conservan en el cumplimiento del beneficio concedido. El incumplimiento va a depender mayormente de cuáles sean las obligaciones que impuso el Tribunal.

No obstante, ciertos actos se consideran violaciones prima facie, independientemente de las condiciones o términos impuestos por el tribunal. Por ejemplo, si arrestan al beneficiario y lo acusan por un nuevo hecho punible; que lo encuentren en posesión o tenencia de sustancias controladas, o no pasa una prueba de detección de drogas. Otras acciones que también indican una violación incluyen:

  • Incumplimiento de la orden de protección o restricción complementaria que haya sido dictada por el Tribunal a favor de la víctima.
  • Viajar fuera del área de jurisdicción del Tribunal sin la debida autorización.
  • No cumple con las horas de servicio a la comunidad que le hayan sido impuestas.
  • No haber pagado la multa y las compensaciones impuestas por el Tribunal.
  • No asistir a las citas con su oficial de supervisión de libertad condicional.
  • No asistir en las oportunidades en que el Tribunal le haya fijado una audiencia al beneficiario.

Aunque las condiciones variarán en función de las características del caso concreto, también varía lo que puede considerarse un incumplimiento del beneficio procesal de libertad condicional concedido.

¿Qué condiciones se deben cumplir durante el período de prueba o libertad vigilada?

Los términos del régimen difieren no sólo en función de la severidad del hecho punible, sino también, a menudo, de las características en que ocurrió. Una vez que se concede el beneficio, el Tribunal explicará al convicto en detalle las condiciones que se deben cumplir, incluida la duración del acuerdo y sus condiciones adicionales especiales.

No obstante, en cualquier régimen de libertad vigilada es probable que se impongan unas obligaciones que son comunes, entre las que podemos mencionar:

  • Seguir todas las obligaciones que han sido enlistadas durante la duración concreta del régimen de libertad condicional. Este período usualmente es diferente en función del hecho punible de que se haya tratado y de las normas que lo rigen y que estaban vigentes para el tiempo en que se cometieron los hechos, que son las que se tomaron en cuenta para dictar sentencia. Pero, generalmente la duración se encuentra entre los 3 y los 5 años. De hecho existen supuestos en los que las propias leyes fijan su duración en 4 años.
  • Abstenerse de violar otras leyes, cualesquiera ellas sean. Es de absoluta relevancia probar al tribunal que el convicto está dispuesto a cumplir las normas, acatar las leyes y abstenerse de cometer otro hecho punible. Por lo tanto, el principal requisito es que no tenga ningún inconveniente legal mientras se encuentra cumpliendo el tiempo del beneficio. Lógicamente, esto significa que eventualmente ser detenido y recibir una acusación por un nuevo hecho punible conducirá a la revocación del beneficio. Una violación de las obligaciones contenidas en el beneficio otorgado puede ser una violación menor de las normas de tránsito.
  • Registrar y presentarse regularmente ante los funcionarios designados para monitorear el cumplimiento. Esto significa que debe mantenerse en contacto con el oficial de libertad condicional e informarle de las modificaciones en de sus circunstancias, incluidos los cambios de trabajo, dirección, carrera o centro educativo. También significa que los funcionarios designados lo visitarán regularmente en su casa. El propósito de esta notificación es permitir al funcionario ver su progreso y los esfuerzos para convertirse en un ciudadano modelo, por lo que es recomendable notificar al oficial sobre cualquier modificación ocurrida en su estado para demostrar que se está progresando. Si, por ejemplo, recibe un ascenso o un reconocimiento en el trabajo debido a su desempeño, también puede ser útil informar a su funcionario de libertad condicional.
  • Prohibición para cualquier salida del territorio del Estado. A tal condición se suma la anterior de que el régimen obliga al beneficiario a los funcionarios de libertad condicional de las próximas actividades que tenga planeado realizar, para que no pueda salir de California sin permiso previo de los Tribunales. Si el sujeto intenta hacer esto, se interpretará como que se trata de una fuga y será arrestado de inmediato por violación de libertad condicional.
  • No contactar con determinadas personas. Existen casos en los que es posible imponer como obligación de un régimen de libertad vigilada, restringir el acercamiento a determinadas personas, especialmente a la víctima del hecho punible por el cual fue declarado responsable. De esa forma, el beneficiado no solamente no podrá hacer contacto de ninguna manera, sino que tampoco podrá acercarse a ésta, lo que incluye no visitar los sitios que la misma frecuenta. Con esta obligación impuesta, incluso si accidentalmente se encuentra con el individuo protegido, podría ser considerado como una violación al régimen. En estas situaciones, lo mejor es evitar por todos los medios cualquier clase de contacto.
  • Pagar las multas o costas judiciales. Además, dentro del acuerdo de libertad condicional, el Tribunal puede ordenarle al convicto el pago de una multa por el hecho punible, como condena adicional y fijará las condiciones bajo las cuales tiene que cumplir con dichas obligaciones monetarias. Si el beneficiario falla en cumplir con algún pago, el Tribunal puede suspender su beneficio y ordenar que el convicto sea detenido.
  • Pago de las compensaciones por daños y perjuicios ocasionados al individuo perjudicado por el hecho punible del cual fue declarado responsable. Hay escenarios en los que la condena puede incluir pagar una restitución al individuo perjudicado por la acción ilícita durante un período de tiempo, especialmente si el hecho punible por el cual el sujeto fue declarado responsable causó lesiones. La falta de cumplimiento de la indemnización constituye una violación de los términos y condiciones fijadas dentro del régimen, de modo que el Tribunal puede ordenar su detención.
  • Asistir a cursos o seminarios específicos. Según el hecho punible por el cual fue declarado responsable un imputado, es posible que deba asistir a clases de manejo de la ira, así como a un programa pos abuso en el consumo de sustancias. Esto último es muy común si tiene una condena por conducir ebrio o drogado.
  • Formar parte de un programa para la rehabilitación. Esta es una medida común cuando el hecho punible involucra la adicción a las drogas y el Tribunal estima que el imputado necesita ayuda de profesionales para lidiar con ciertas adicciones. En este escenario, se requiere una rehabilitación exitosa para entender que se ha cumplido con las obligaciones impuestas en el régimen de libertad condicional.
  • Prestar una determinada cantidad de horas en servicios a la comunidad. Las circunstancias de lugar, modo y tiempo en que deben ser cumplidas estas horas serán determinadas por el Tribunal y serán verificadas en su cumplimiento por el funcionario asignado para hacer seguimiento al cumplimiento del régimen o el propio Tribunal.
  • Obtener o mantener un trabajo. Esta suele ser una medida generalizada, porque obtener, así como mantener un empleo es un gran indicador de que el beneficiario ha logrado una estabilidad, no sólo para los funcionarios que gestionan el cumplimiento de este régimen, sino también para el Tribunal. Si no puede encontrar un trabajo o pierde el trabajo que tiene, puede ser detenido por violar las reglas de la libertad condicional.
  • No tener ni usar armas. No poder portar o usar un arma suele ser una de las condiciones cuando se condena a un imputado por un hecho punible violento o un hecho punible mayor. Hay que resaltar que el solo hecho de tener la posesión de armas, por sí solo, es considerado como una violación al régimen de libertad condicional, e incluso puede constituir un hecho punible distinto, por el que el sujeto podría ser enjuiciado nuevamente.
  • Abstenerse de consumir sustancias controladas o alcohol. Si un sujeto es condenado por DUI, el Tribunal puede ordenar al convicto que se abstenga de poseer o de consumir sustancias controladas o alcohol. Estas acciones se consideran un incumplimiento inmediato de las obligaciones del régimen de libertad condicional, por ello generalmente se incluyen inspecciones periódicas en estos casos. No superar estas pruebas o tener la posesión de drogas no solamente es una violación al régimen de libertad vigilada, sino que puede ser la base de una nueva acusación por un hecho punible.
  • Cualquier otra obligación que la Corte estime procedente, según la naturaleza del hecho punible por el cual fue declarado responsable. La naturaleza del hecho punible ejecutado puede llevar al Tribunal a considerar medidas que normalmente no serían aplicables bajo otros escenarios, pero que el Juez considera útiles de acuerdo con las características de los hechos.

Las condiciones que hemos enumerado consisten en las que más frecuentemente imponen los jueces. No obstante, cabe recordar que dependiendo del hecho punible cometido, así como de sus características concretas del caso, es posible que se impongan una o múltiples obligaciones.

Pensemos en el supuesto de que un sujeto es declarado responsable de carjacking, el Tribunal podrá imponer que deba cumplir multas conjuntas que las propias normas establecen por dicho hecho punible y un régimen de libertad condicional por un plazo determinado. Igualmente, en función de que el sujeto sea declarado responsable por una felonía o por un hecho punible menor, es posible que se requiera que el sujeto se registre y tenga que presentarse de manera periódica ante el funcionario de libertad condicional que le haya sido designado.

¿Qué efectos produce el incumplimiento de las obligaciones contenidas en un régimen de libertad condicional?

En caso de infringir un régimen de libertad condicional, el primer efecto será que el régimen será suspendido temporalmente, ello significa la detención inmediata del beneficiario, porque así fue determinado la Corte o el funcionario que gestiona su régimen de libertad condicional tuvo conocimiento o tiene sospechas de que ha ocurrido un incumplimiento y solicite la detención del beneficiario.

Luego, el tribunal fijará una fecha y hora para una audiencia donde el juez examinará las infracciones. En dicha audiencia, se podrá decidir:

  • Renovación de la libertad vigilada o condicional;
  • Modificar el régimen existente; o
  • Su revocación definitiva.

La resolución que tome el Juez va a depender de elementos como las características del incumplimiento, si se trata de la primera vez que el beneficiario incumple alguna obligación o se trata de un segundo o ulterior incumplimiento. Cada decisión de las antes mencionadas causará por separado ciertos efectos en lo que se refiere al cumplimiento de las sanciones, y las detallamos de la siguiente forma:

  • Renovación de la libertad vigilada o condicional. Se trata de la decisión que se estima más favorable, porque quiere decir que el incumplimiento no ha podido materializarse o en caso de que efectivamente lo haya hecho, hubo circunstancias justificantes que hicieron que el Juez llegara a la conclusión de que la violación del régimen no fue voluntaria, esto es, que se trató de una situación accidental. En consecuencia, la decisión del tribunal fue restablecer la libertad vigilada sin modificar las obligaciones que fueron impuestas inicialmente.
  • Modificar el régimen existente. En otros casos, las condiciones pueden convencer al juez de que lo más conveniente es cambiar los términos originales del régimen de libertad vigilada, imponiendo condiciones nuevas y más estrictas. Según la naturaleza de la violación, el juez podrá optar por ampliarlo o considerar que es necesario hacer que el sujeto sea incluido en un régimen de rehabilitación por consumo de alcohol o drogas, hacer servicio comunitario, recibir asistencia de terapia o cualquier obligación adicional que considere conveniente y útil para el beneficiario.
  • Revocación definitiva. Cuando las circunstancias de la violación del régimen de libertad vigilada se consideran extremas, el juez podría revocar definitivamente el beneficio y enviar al sujeto a la cárcel. En tales casos, el juez podrá tomar la decisión de imponer al individuo una pena que se corresponda con la que se le habría impuesto originalmente en una sentencia condenatoria o imponer la pena máxima prevista por las leyes para el hecho punible por el cual fue declarado responsable.

Aunque la revocación también puede tener naturaleza temporal, esto quiere decir que el sujeto pasará un lapso en prisión, pero puede durar un mes, incluso algo más, y luego puede restablecerse el régimen de libertad vigilada con nuevas obligaciones o se le impondrán las mismas que antes.

¿Qué caracteriza a esta audiencia?

Estos tipos de audiencia son diferentes de las que se llevan a cabo en los procesos penales. Lo primero es que no estamos hablando de una audiencia penal ordinaria, porque existe una sentencia condenatoria anterior, así que solo se verificará el incumplimiento de las obligaciones impuestas en el régimen de libertad condicional. No existe un jurado, de modo que la decisión será tomada por el Juez. Como segunda característica, es más fácil demostrar la responsabilidad del individuo en esta clase de audiencias porque solo se requiere presentar evidencias de incumplimiento. Aquí, la representación de la Fiscalía no necesita demostrar los hechos por encima de cualquier duda. Sin embargo, el propio imputado está asistido en esta clase de audiencia por varios derechos procesales entre los cuales se encuentran:

  • Tener un representante legal calificado;
  • Como argumentos defensivos, demostrar la existencia de circunstancias que mitiguen o que justifiquen el hecho del incumplimiento;
  • Llamar a testigos para que sus testimonios comprueben sus alegatos;
  • Poder tener conocimiento de las pruebas que lo incriminan.

Por decirlo de otra manera, si bien esta audiencia es diferente a un juicio penal, el procesado tiene absoluto derecho a una defensa en contra de los hechos violatorios imputados y puede presentar las evidencias que se necesitan para probar que no incumplió las obligaciones que se le impusieron. O, alternativamente, si hay una violación, las circunstancias que justifican o mitigan la misma. Por eso, resulta relevante contar con el asesoramiento de abogados criminalistas especializados, con cuya ayuda se podrá probar que el procesado siempre ha estado dispuesto a respetar las medidas que le fueron impuestas.

¿Qué factores influyen en esta clase de audiencia?

Hay ciertos elementos que ayudan al Juez a formarse una opinión sobre este asunto, de modo que influirán en la resolución que será tomada sobre el régimen de libertad vigilada, entre los que se encuentran:

  • Si se tienen condenas previas.
  • El comportamiento del beneficiario durante el régimen.
  • El informe de su oficial de libertad vigilada.
  • Las características del supuesto incumplimiento.

Todos son factores que pueden respaldar la defensa frente a un juez y marcar la distinción entre la restitución o la revocación del régimen. Hay que tomar en consideración que no existen dos casos iguales, aunque es posible que haya elementos que sean parecidos. Además, de acuerdo con las leyes, los procesados tienen derecho a mejorar las circunstancias en las que se encuentran, demostrando que ha progresado y que tiene toda la intención de cumplir con las leyes. Pero lo más importante, es prestar atención a las condiciones establecidas y cumplirlas a cabalidad.

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Estamos conscientes de que hay situaciones en las que resulta imposible cumplir con todas las obligaciones que se imponen en un régimen de libertad vigilada en Orange County CA, porque es posible que accidentalmente se presente una situación que podría calificarse como una violación a las mismas, porque las condiciones no dependen de sus deseos. Este podría ser el escenario en el que inesperadamente usted se topa con una víctima, o no pudo conservar su trabajo debido a un despido en su empresa causada por una decisión corporativa de reducir al personal. Pero si la Corte lo encuentra responsable de un incumplimiento involuntario, lo más probable es que lo envíen a la cárcel y eso es lo que debe ser evitado, con el asesoramiento de abogados criminalistas especializados como los de Orange County Criminal Defense, quienes tienen los conocimientos y la capacidad para evitar que eso ocurra.

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