Si usted alguna vez ha sido arrestado por un delito, comprende lo traumático que dicha experiencia puede ser, lo cual empeora si es su hijo quién está en esta situación. Afortunadamente, una gran cantidad de estudios, resoluciones judiciales y experiencias han demostrado que los menores no deben ser tratados como adultos por la comisión de los mismos delitos; debido a que no comprenden las consecuencias de su comportamiento. La ley del estado de California entiende que tratar a los niños como adultos por la comisión de los mismos delitos no beneficia a la sociedad o a los menores de edad. Por lo que promulgó el denominado “Proyecto de Ley 439”. Esta ley tiene el objetivo de reformar a los delincuentes y asistirlos en convertirse en adultos responsables y ciudadanos cumplidores de la ley. En este artículo, discutiremos el proyecto de ley 439 y los efectos del mismo en el caso de los jóvenes, para así ayudarlo a entender la situación de su hijo y sus derechos si actualmente enfrenta cargos penales.

Si su hijo ha sido arrestado, imputado, o está enfrentando cargos; debe contactarnos lo antes posible para que ejerzamos su representación. En Orange County Criminal Defense, estamos conformados por un grupo de abogados con una vasta experiencia en delitos de esta naturaleza, los cuales hemos logrado una gran cantidad de resultados favorables. Además de ayudarlo a desarrollar una defensa convincente contra las acusaciones, nos enfocamos en lograr que sea satisfecho el interés superior de nuestros clientes; por lo que puede estar seguro de que su hijo estará adecuadamente representado.

¿Qué debe saber sobre el SB 439?

El 30 de septiembre de 2018, el gobernador de California, Jerry Brown, aprobó el proyecto de ley 439; convirtiéndose así en ley y entrando en vigencia en enero del 2019. De conformidad con la misma, el sistema de justicia juvenil únicamente tiene competencia para manejar los casos de delincuentes juveniles de entre las edades de 12 y 17 años quienes quebranten leyes estatales, federales y municipales. No obstante, el tribunal de menores tendrá competencia para juzgar el caso de los delincuentes que tienen menos de 12 años de edad y cometen ciertos delitos como homicidio, violación, sodomía, copulación oral o penetración sexual. Debe tener en cuenta que, incluso con respecto a estos delitos, el tribunal tiene competencia siempre que el menor haya coaccionado, infligido temor, o amenazado con infligir un daño físico para consumar el delito. De conformidad con la misma, los condados deben desarrollar alternativas menos punitivas y restrictivas para los delincuentes menores de 12 años que cometen otros delitos distintos a los mencionados anteriormente. Aunque no señala quiénes son los individuos responsables por la creación de estas alternativas, ciertas instituciones como escuelas, hospitales y el público deben ser los encargados de brindarlas.

¿Cuál es el fundamento del SB 439?

El objetivo del proyecto de ley 439 es la reorganización del sistema de justicia juvenil. Además, los proponentes de esta ley se basaban en lo siguiente:

  • Los delincuentes pueden experimentar efectos adversos relacionados con el sistema a una edad muy joven. Debido a que se ha demostrado que la interacción temprana con este sistema es perjudicial para el desarrollo y educación del menor, este se encuentra en riesgo de convertirse en un delincuente habitual sí interactúa con el sistema a una edad temprana.
  • La ley coincide con estudios que han demostrado que el cerebro de los menores de edad se encuentra en desarrollo y por lo tanto, su capacidad de razonar es distinta a la de los adultos. En consecuencia, otras medidas de rehabilitación deben ser adoptadas en lugar de un restrictivo sistema de justicia juvenil.

Los objetivos principales de los proponentes de esta ley son los siguientes:

  • Aumentar la edad mínima de competencia del tribunal de menores a 12 años para evitar el juzgamiento de menores de esta edad. 
  • Desarrollar métodos alternativos de rehabilitación para los delincuentes más jóvenes cuyo comportamiento ilícito demuestra que tienen necesidades emocionales y mentales que no han sido satisfechas.
  • Los distintos condados deben tener medidas adecuadas para abordar métodos sustitutivos al procesamiento de menores de 12 años en el tribunal de menores.
  • Destinar dinero para respaldar nuevas y existentes medidas de rehabilitación e intervención apropiadas a la edad de los delincuentes.

Antes de la aprobación de este proyecto de ley, este estado no tenía un mínimo de edad para el procesamiento de menores de edad ante el tribunal de menores. En su lugar, los niños y adolescentes de todas las edades eran adjudicados a estos tribunales, a pesar de la existencia de suficientes evidencias que demostraban que, someter a delincuentes jóvenes al sistema era perjudicial para su bienestar, ya que los menores de 18 años no han desarrollado apropiadamente el juicio y por lo tanto no existe la necesidad de exponerlos a un sistema que no son capaces de comprender.

¿Qué indicaba la ley antes del SB 439?

Antes de la promulgación de este texto legal, el sistema de delincuencia juvenil tenía la facultad de procesar a cualquier niño menor de 18 años que quebrantara la ley de los Estados Unidos, así como también las leyes estatales y ordenanzas municipales. Incluso los niños menores de 11 años de edad podían ser sometidos a este proceso. La mayoría de actos delictivos por los cuales estos niños son procesados en el sistema de justicia juvenil están relacionados con hurto en tiendas, y la mayoría de los casos eran de niños negros y latinos, lo cual reflejaba racismo.

El sistema de justicia juvenil carecía de las herramientas y las instalaciones necesarias para satisfacer las necesidades de los niños más jóvenes debido a que no fue creado originalmente para cumplir con este objetivo. Por lo tanto, se intentaba terminar el procesamiento de los jóvenes menores de 12 años e introducir opciones de rehabilitación que fueran apropiadas para menores. Asimismo, esta nueva ley introdujo y ha respaldado organizaciones de salud mental como servicios educativos y organizaciones de bienestar infantil para la rehabilitación de los delincuentes. Estos servicios e instituciones tienen el propósito de brindar a los delincuentes jóvenes un tratamiento y sistema de apoyo apropiado, de la forma en que normalmente sería brindado por una familia.

¿Cuál es la justificación del SB 439?

Existe una serie de fundamentos para la promulgación y adopción del SB 39. Estos son los siguientes:

  • Como indicamos anteriormente, los estudios científicos, experiencias, y sentencias judiciales han demostrado que el desarrollo de los menores es distinto al de los adultos, lo cual los hace más vulnerables y tendientes a no comprender las consecuencias de sus actos. Por otro lado, los adolescentes menores de 18 años de edad están más dispuestos al cambio. Por lo que es necesario tratar a las personas jóvenes y menores de edad con compasión y cuidado, en vez de exponerlos a las mismas consecuencias severas que enfrentan los adultos por delitos similares. Incluso con menos medidas correctivas, los delincuentes pueden transformarse en ciudadanos responsables y cumplidores de la ley en el futuro.
  • Someter a los menores al sistema de justicia juvenil no contribuye a la prevención de delitos futuros. En su lugar, el sistema incrementa la posibilidad de que los niños vuelvan a cometer delitos en su vida adulta y sean encarcelados luego de una condena.
  • Incluso una interacción mínima con el sistema delincuencia juvenil puede tener consecuencias perjudiciales y a largo plazo para un delincuente.
  • Tanto la remisión, como la aprehensión y adjudicación de delincuentes en el tribunal de menores han demostrado disparidades raciales. La dependencia excesiva del sistema judicial penal y la interdicción de menores es un indicador de racismo e injusticia organizacional.
  • Muy pocos casos que involucran menores han sido resueltos, mientras que múltiples peticiones han sido desestimadas y suelen estar relacionadas con la comisión de actos delictivos menores. Por lo tanto, adjudicar a delincuentes jóvenes, especialmente a aquellos menores de 12 años en el tribunal de menores es innecesario.
  • El procesamiento de jóvenes es costoso debido a que el gobierno debe pagar las instalaciones policiales, costas judiciales, abogados, control de libertad condicional, y costos de servicios de encarcelamiento. Adicionalmente, el procesamiento de menores en este sistema es redundante y potencialmente perjudicial para el joven, tanto a corto como a largo plazo.

Por lo tanto, la adopción del SB 439, tiene la finalidad de corregir estos errores protegiendo a los menores de este dañino proceso a una etapa temprana. Su objetivo es diseñar mejores alternativas de rehabilitación distintas al procesamiento de los delincuentes juveniles para así incrementar la seguridad pública y el bienestar de estas personas. En este sentido, las consecuencias dañinas de la delincuencia juvenil incluyen las siguientes:

  • El desarrollo de problemas de salud mental tales como; ira, depresión, temor y estrés cuando los niños son procesados en este sistema a una edad temprana.
  • Exposición a crímenes y pandillas criminales, lo cual puede evitarse de no someterlos al tribunal de menores.
  • Una petición aprobada en el tribunal de menores implica que el menor tendrá antecedentes penales que pueden afectar adversamente su educación y capacidad de obtener un empleo en su vida adulta, lo cual incrementa la probabilidad de que vuelva a cometer delitos para sustentarse o por falta de motivación.

El sistema juvenil expone a los delincuentes a maltrato a una edad delicada. Así como también, a traumas y condiciones deficientes de desarrollo. Además, si su hijo ha sufrido traumas anteriormente, ser procesado en este sistema puede empeorarlo debido a que no existen medidas apropiadas para manejar estos casos. Afortunadamente, con la adopción del proyecto de ley 439, el cual ha introducido un sistema adecuado para menores, varios problemas preexistentes; como un antecedente de trauma en un menor ahora puede ser identificado y solucionado. Este nuevo diseño comprende servicios basados en la comunidad, servicios educacionales y un sistema de salud funcional. Estas alternativas han beneficiado más a los delincuentes debido a que incluyen un sistema de apoyo familiar que garantiza la rehabilitación o sanación de los jóvenes. 

Es importante destacar que, en algunos casos justificados los menores son separados de sus familias. Esto puede ocurrir si su hijo demuestra señales de trastorno psiquiátrico y existe la necesidad de que el menor permanezca lejos de su familia para la respectiva evaluación psicológica y tratamiento. Adicionalmente, el joven también puede ser separado de la familia si ha sido abandonado o tiene una enfermedad que requiere una evaluación médica inmediata. Además, separar un menor de la familia está justificado si las condiciones del hogar amenazan la salud del joven y su bienestar general.

¿Cuáles son los derechos de los delincuentes juveniles luego de la entrada en vigor de esta ley?

Si su hijo tiene menos de 12 años de edad y el acto delictivo en el que ha incurrido está relacionado con el empleo de temor, violencia, amenaza o coacción; será procesado en el tribunal de menores. Aunque algunos derechos son los mismos, no todos los delincuentes sometidos al sistema de justicia juvenil tienen los mismos derechos que los delincuentes que son procesados en un tribunal penal de adultos. Debido a que el procedimiento en el tribunal de menores es formal, el estado y el tribunal han reforzado los derechos de los infractores menores sometidos a este sistema. A continuación, mencionaremos los derechos que tiene su hijo en el procedimiento de delincuencia juvenil.

  • Los oficiales de policía no pueden arrestarlo sin una causa probable. La ley requiere que antes de realizar una búsqueda y posterior arresto, los oficiales de policía tengan una causa probable, la cual debe ser entendida como una sospecha o motivo para creer que el menor ha quebrantado la ley. Sin un motivo para creer que el menor ha cometido un delito, el arresto es ilegal. Sin embargo, los oficiales públicos que compartan un vínculo cuasi parental con el joven, tales como un maestro; están facultados por la ley para arrestar al menor sin una causa probable.
  • El menor tiene derecho a una llamada telefónica. Luego de que su hijo sea arrestado, siempre que no exista la posibilidad de que sea liberado pronto, tiene derecho a llamar a su padre o tutor. Una vez que usted se entere del lugar en donde su hijo está detenido y el motivo del arresto, puede contactar a un abogado penalista con experiencia en el manejo de casos juveniles. Además, el delincuente juvenil puede comunicarse con el abogado directamente. Luego del arresto, su hijo puede invocar sus derechos Miranda y exigir hablar con su padre o abogado. Si el oficial que realiza el arresto ignora la solicitud del menor para realizar una llamada telefónica a su abogado o tutor, cualquier cosa que el joven diga no puede ser utilizada como evidencia en su contra ante el tribunal.
  • El joven tiene derecho a un abogado defensor. Al igual que los adultos que cometen delitos, los menores tienen derecho a contar con asesoría legal en un procedimiento de delincuencia juvenil. Si el menor no puede costear un abogado, el juez debe asignarle un defensor público para el procedimiento judicial.
  • El derecho a contrainterrogar testigos. A pesar de que el procedimiento de adjudicación en el tribunal de menores no es formal, su hijo tiene el derecho a interrogar a los testigos, lo cual significa que puede confrontar o cuestionar a cualquier persona que testifique en su contra en el tribunal y refutar su testimonio.
  • El derecho a ser notificado de los cargos. Su hijo tiene derecho a comprender la petición o los cargos que han sido presentados en su contra, al igual que los adultos son informados de los cargos en el sistema judicial penal. Luego del arresto, el joven debe ser presentado en un tribunal de menores en las 48 horas siguientes, salvo que sea un fin de semana o feriado, donde le informarán sobre el contenido de la petición. Desafortunadamente, en el sistema juvenil no existe la fianza, lo cual significa que como tutor o padre del joven; debe contratar un abogado antes de que deba presentarse en el tribunal. El abogado utilizará sus habilidades de negociación para convencer al juez de liberar al joven a la espera de la audiencia de detención. Como padre, es posible que se sienta traumatizado y abrumado por esta situación si no entiende sus derechos y obligaciones durante el procesamiento de su hijo en el sistema de delincuencia juvenil. Por lo tanto, debe conocer sus derechos para que el proceso sea menos retador. A continuación, mencionaremos los derechos de los padres luego del arresto de su hijo menor de edad.
    • El derecho a ser notificado del arresto y reclusión del menor.
    • El derecho a ser informado de los derechos de su hijo. 
    • El derecho a contratar a un abogado en nombre del menor.
    • El derecho a la confidencialidad del proceso judicial. 
    • El derecho a evaluar el expediente del menor y los informes del Departamento de Libertad condicional. 
    • El derecho a estar presente durante el proceso judicial del menor.

Antes de la audiencia de detención, el juez que preside el caso tiene la discreción de permitirle llevar a su hijo a su hogar o decidir que este permanezca bajo custodia hasta la culminación del procedimiento. Para tomar esta decisión, considera la seguridad del joven y la de la comunidad. Si determina que su hijo representa una amenaza para la seguridad de la comunidad de cualquier forma, no permitirá que lleve a su hijo a casa.

¿Se han modificado las opciones de sentencia luego de la implementación de SB 439?

Con base a la gravedad del acto delictivo cometido por el joven, la fiscalía o el oficial de libertad condicional puede optar por presentar una petición, la cual generalmente es una solicitud formal realizada al sistema juvenil para que atienda el caso. Este documento contiene información de la opinión del estado sobre la conducta del joven que implicó una violación de la ley.

Cuando el juez recibe la petición, evalúa los hechos y procede a aprobarla o desestimarla. En caso de aprobarla, el menor será sometido a las distintas alternativas de sentencia o disposiciones previstas en la ley. El tipo de disposición que recibirá depende de la gravedad de su conducta, sus antecedentes penales, el estado de la supuesta víctima, y si esta sufrió lesiones graves como consecuencia de los actos del joven.

Por lo tanto, aunque el proyecto de ley 439 exonera a los niños menores de 12 años, las opciones de disposición permanecen iguales para todos los jóvenes que son procesados en este sistema. Estas son las siguientes:

  • Entrada diferida de juicio. 
  • Libertad condicional formal. 
  • Confinamiento en la División de Justicia Juvenil. 
  • Libertad condicional informal y desviación.

También debe tener en cuenta que la implementación de esta ley no cambió que los menores puedan ser imputados como adultos. Únicamente exonera a los menores de 12 años pero no reforma la normativa concerniente al juzgamiento de menores como adultos. De conformidad con la ley de California, cualquier joven de 16 años o mayor que comete un delito enumerado en el artículo 707 (b) WIC puede ser transferido al sistema penal de adultos mediante una audiencia de transferencia. Los delitos comprendidos en esta disposición incluyen, pero no se limitan a; homicidio, robo de auto, violación, secuestro, robo y mutilación agravada. Es importante destacar que, ningún menor puede ser transferido al tribunal penal de adultos sin una audiencia de transferencia, en la cual el juez determina si es apto para ser juzgado en el tribunal de menores o debe ser transferido al tribunal de adultos. Si el juez considera que la rehabilitación ofrecida por este tribunal no beneficiaria al delincuente, este será transferido al tribunal penal de adultos.

¿Cómo encontrar asesoría legal cerca de mí?

Aunque su hijo haya incurrido en una violación de la ley, aún se encuentra en proceso de desarrollo, por lo que recibir sanciones severas y atravesar por el procedimiento del sistema justicia Juvenil puede tener efectos adversos, tanto psicológicos, como emocionales. Por esta razón, esta ley fue elaborada para garantizar que exista un sistema alternativo para la rehabilitación de niños, ofreciéndoles la oportunidad de reformarse y evitar que los errores cometidos cuando no eran capaces de razonar correctamente los perjudiquen a largo plazo. Nuestro equipo de abogados está dispuesto a proteger los derechos de su hijo y lo ayudaremos tanto a usted, como al menor a comprenderlos, además de evaluar su caso y desarrollar una defensa sólida para combatir los argumentos de la fiscalía.

Contacte a Orange County Criminal Defense para su primera consulta; llamando al 714-467-2772.